Una nueva ley busca facilitar el acceso a créditos hipotecarios y leasing habitacional para los colombianos residentes en el exterior que sueñan con comprar vivienda en su país de origen.
Para muchos colombianos que viven en Estados Unidos, España, Canadá y otros países, comprar una vivienda en Colombia representa mucho más que una inversión inmobiliaria. Es la posibilidad de construir un patrimonio familiar, preparar su regreso al país o brindar estabilidad a sus seres queridos.
Ahora, ese propósito cuenta con un nuevo respaldo legal.
El 20 de octubre de 2026 fue expedida la Ley 2639, mediante la cual se crea el programa Mi Casa en Colombia, dirigido a facilitar la adquisición de vivienda a los colombianos residentes en el exterior mediante mecanismos de ahorro y financiación a través del Fondo Nacional del Ahorro (FNA).
La iniciativa busca fortalecer las oportunidades de acceso al crédito para quienes reciben sus ingresos fuera de Colombia y desean destinarlos a la compra de un inmueble en el territorio nacional.
¿Qué es el programa Mi Casa en Colombia?
Mi Casa en Colombia es un programa creado mediante la Ley 2639 de 2026, cuyo objetivo es facilitar el otorgamiento de créditos hipotecarios y operaciones de leasing habitacional para colombianos residentes en el exterior.
Está dirigido a quienes se encuentren afiliados al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) mediante el producto de Ahorro Voluntario Contractual, o el mecanismo que haga sus veces, y cumplan los requisitos establecidos por la entidad.
El propósito es ofrecer un marco legal específico para atender las condiciones particulares de los colombianos que viven y trabajan fuera del país.
Entre estas condiciones se encuentra la necesidad de acreditar ingresos obtenidos en el exterior, desarrollar procesos de vinculación financiera y acceder a alternativas de financiación para adquirir vivienda en Colombia.
¿Qué cambia con la nueva Ley Mi Casa en Colombia?
Uno de los aspectos más importantes de esta ley es que establece formalmente un programa de financiación de vivienda para colombianos residentes en el exterior.
Esto significa que el acceso a estas alternativas deja de depender exclusivamente de iniciativas institucionales y pasa a contar con una disposición legal específica.
La ley contempla varios componentes fundamentales.
1. Acceso a créditos hipotecarios desde el exterior
El programa está orientado a facilitar que los colombianos residentes en otros países puedan solicitar financiación para adquirir vivienda en Colombia.
La evaluación y aprobación de los créditos estará sujeta a las políticas del Fondo Nacional del Ahorro y a los requisitos que se establezcan en la reglamentación.
Por lo tanto, la existencia del programa no significa que todos los solicitantes recibirán automáticamente un crédito.
2. Alternativa de leasing habitacional
Además del crédito hipotecario, la ley contempla el leasing habitacional como una modalidad de financiación.
En términos generales, el leasing habitacional permite acceder a un inmueble mediante un contrato con una entidad financiera que conserva su propiedad durante el período pactado, con una opción de adquisición bajo las condiciones contractuales correspondientes.
Las condiciones específicas de esta modalidad dentro de Mi Casa en Colombia deberán ser definidas por las entidades competentes.
3. Ahorro voluntario para construir patrimonio
La ley vincula el programa con el Ahorro Voluntario Contractual del Fondo Nacional del Ahorro.
Este mecanismo permite establecer una relación de ahorro con la entidad y constituye uno de los componentes previstos para acceder a las alternativas de financiación.
Para los colombianos residentes en el exterior, puede representar una herramienta de planificación financiera orientada a la adquisición de vivienda.
4. Atención especializada para colombianos en el exterior
La Ley 2639 establece que el Fondo Nacional del Ahorro deberá disponer de un canal de comunicación permanente y especializado para el programa.
Su finalidad será brindar información, orientación y acompañamiento a los colombianos que viven fuera del país.
La norma también contempla acciones de difusión mediante ferias de servicios, actividades informativas y posibles mecanismos de articulación con entidades y organizaciones que trabajan con la población migrante.
¿Quiénes podrán acceder al programa Mi Casa en Colombia?
De acuerdo con el artículo primero de la Ley 2639 de 2026, el programa está dirigido a colombianos residentes en el exterior afiliados al Fondo Nacional del Ahorro mediante Ahorro Voluntario Contractual, o el producto que lo sustituya.
Además de esta condición general, los interesados deberán cumplir las políticas y requisitos de financiación que establezca la entidad.
Entre los aspectos que normalmente deben evaluarse al solicitar un crédito de vivienda se encuentran los ingresos, la capacidad de pago, las obligaciones financieras y la documentación del solicitante.
Sin embargo, los requisitos particulares de Mi Casa en Colombia todavía deben concretarse en su reglamentación.
Por eso, no es adecuado afirmar que existe una lista definitiva de documentos, montos de financiación o tasas especiales para todos los interesados.
¿Habrá atención prioritaria para algunas familias?
Sí. La ley establece que la reglamentación deberá incorporar criterios de prelación para determinados grupos de colombianos residentes en el exterior.
Entre ellos se encuentran:
- Mujeres cabeza de familia cuyos hijos menores de edad estén domiciliados en Colombia.
- Colombianos con familiares dentro del segundo grado de consanguinidad que tengan discapacidad y estén domiciliados en Colombia.
- Personas con condición de asilo político o refugiado, de acuerdo con su situación migratoria.
Esta prelación estará sujeta al cumplimiento de las políticas de crédito del Fondo Nacional del Ahorro.
Es importante aclarar que la atención prioritaria no equivale a una aprobación garantizada de financiación.
¿Ya se puede solicitar un crédito mediante Mi Casa en Colombia?
Aunque la ley ya fue expedida, existe una diferencia entre la creación legal del programa y su funcionamiento bajo las nuevas disposiciones.
El artículo segundo establece que el Gobierno Nacional, a través del Fondo Nacional del Ahorro y en coordinación con las entidades competentes, deberá reglamentar el programa en un plazo máximo de seis meses siguientes a la promulgación de la ley.
Esta reglamentación deberá definir los aspectos relacionados con su habilitación, operación, funcionamiento, requisitos y políticas de crédito.
Por lo tanto, los interesados deben consultar directamente al FNA cuáles productos se encuentran actualmente disponibles para colombianos en el exterior y cuáles condiciones corresponden específicamente al nuevo programa.
La expedición de la ley no debe interpretarse como la apertura automática de una nueva convocatoria ni como la aprobación inmediata de solicitudes.
¿Mi Casa en Colombia es lo mismo que Mi Casa Milagro?
No. Aunque sus nombres son similares, se trata de iniciativas diferentes.
Mi Casa en Colombia es el programa creado mediante la Ley 2639 de 2026 para facilitar créditos hipotecarios y leasing habitacional a colombianos residentes en el exterior afiliados al Fondo Nacional del Ahorro.
Por su parte, Mi Casa Milagro es una iniciativa anunciada por el Gobierno Nacional dentro de sus propuestas de programas de vivienda, con un enfoque orientado al acceso a soluciones habitacionales.
Sus mecanismos, requisitos y condiciones deben analizarse por separado.
También es importante precisar que Mi Casa en Colombia no establece por sí misma la entrega de un subsidio directo o gratuito para la compra de vivienda.
¿Qué relación tiene el programa con las remesas que llegan a Colombia?
Las remesas representan los recursos que los colombianos residentes en otros países envían a sus familiares o destinan a diferentes necesidades en Colombia.
Para muchas familias, estos ingresos contribuyen al sostenimiento del hogar, la educación, la salud y otros compromisos económicos.
La nueva ley busca fortalecer las oportunidades para que parte de los recursos generados en el exterior también pueda orientarse a la construcción de patrimonio mediante la adquisición de vivienda.
Esto no significa que las remesas deban destinarse obligatoriamente a comprar inmuebles.
La decisión dependerá de las necesidades, posibilidades económicas y objetivos de cada familia.
Lo relevante es que se busca facilitar el acceso a instrumentos de ahorro y financiación para quienes desean invertir en vivienda en su país de origen.
Comprar vivienda en Risaralda desde el exterior: una oportunidad para planificar el regreso
Para los colombianos que tienen vínculos familiares con Pereira, Dosquebradas, Santa Rosa de Cabal y otros municipios de Risaralda, adquirir una vivienda en la región puede representar una decisión importante para su futuro.
Algunas personas desean contar con un inmueble para cuando regresen definitivamente a Colombia. Otras buscan una propiedad donde puedan vivir sus padres, hijos u otros familiares.
También existen compradores interesados en construir patrimonio inmobiliario mientras continúan desarrollando su actividad laboral en el exterior.
En cualquiera de estos casos, es fundamental evaluar cuidadosamente las condiciones del inmueble, su ubicación, el presupuesto disponible y las alternativas de financiación.
La compra de vivienda desde otro país requiere además conocer los procedimientos de documentación, pagos, representación y formalización de la adquisición.
Por eso, contar con información clara y acompañamiento durante el proceso resulta especialmente importante.
¿Qué pueden hacer desde ahora los colombianos que desean comprar vivienda?
Mientras se definen las condiciones operativas del nuevo programa, quienes viven en el exterior pueden comenzar a organizar su proyecto de compra.
Un primer paso consiste en establecer el presupuesto disponible y calcular cuánto podrían destinar al ahorro y al pago de una obligación hipotecaria.
También es recomendable consultar directamente con el Fondo Nacional del Ahorro las condiciones actuales del Ahorro Voluntario Contractual y las alternativas de financiación disponibles para colombianos residentes en otros países.
De igual manera, conviene investigar los proyectos inmobiliarios, verificar sus características, conocer las condiciones comerciales y solicitar información sobre los procedimientos de adquisición.
La planificación financiera y la verificación de información oficial son fundamentales para tomar decisiones responsables.
¿Dónde consultar información oficial sobre Mi Casa en Colombia?
Los interesados pueden acudir a los canales institucionales correspondientes:
Fondo Nacional del Ahorro: https://www.fna.gov.co/
Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio: https://www.minvivienda.gov.co/
Congreso de la República: https://www.camara.gov.co/
También es posible consultar el texto de la Ley 2639 del 20 de octubre de 2026, que establece el marco legal del programa.
Antes de realizar pagos, compartir documentos personales o iniciar trámites, es importante comprobar que se está utilizando un canal oficial.
Tu proyecto de vivienda en Colombia puede comenzar desde cualquier lugar del mundo
Vivir fuera del país no significa dejar atrás el sueño de tener una vivienda propia en Colombia.
Para muchos colombianos, adquirir un inmueble representa mantener sus vínculos familiares, preparar su regreso y construir un patrimonio que pueda acompañarlos durante diferentes etapas de su vida.
La creación del programa Mi Casa en Colombia mediante la Ley 2639 de 2026 constituye un nuevo paso en el desarrollo de mecanismos de financiación dirigidos a esta población.
En Constructora PHC sabemos que cada proyecto de vivienda comienza con una historia, una meta y una decisión importante.
Por eso, invitamos a los colombianos que viven en el exterior y desean adquirir vivienda en Risaralda a conocer nuestros proyectos y solicitar orientación sobre sus características, disponibilidad y condiciones comerciales.
Nuestro equipo podrá acompañarte con información sobre las alternativas inmobiliarias disponibles, mientras que las condiciones de financiación del programa Mi Casa en Colombia deberán consultarse directamente con el Fondo Nacional del Ahorro.
Porque no importa qué tan lejos estés: tus proyectos de vida también pueden construirse en Colombia.
Constructora PHC, acompañándote en la construcción de tus proyectos de vida.


